Miércoles 20 de Agosto de 2008
Inicio
Acceso Libre
 La Reforma Fiscal

 Productos Impuestum

 ¿Necesitas un Contador?

 Calendario

 Artículos y editoriales

 Noticias

 Tema del momento

Usuarios registrados
 Principal usuarios

 Análisis fiscal

 Calculadoras fiscales

 Biblioteca Fiscal

 Chat

Tienda en línea (Próximamente)

Comunidad
 Foro

 Chat

 Directorio

 Podcast
Aprendiendo
de impuestos
 Glosario

 ABC de los impuestos

 Historia

 Calendario Fiscal

 Termómetro Fiscal

 Centro de Capacitación

Boletín

Recibe gratis información fiscal en tu correo:

Tema del Momento

Auditoría, más simple: IMCP

Por: Lic. Miguel José Ramírez R.

2008-06-02

Los contadores del país adelantaron que se encuentran en conversaciones con la Secretaría de Hacienda para que se simplifique el dictamen y las autoridades fiscales ya no le requieran tanta información del contribuyente, además de que se encuentra en proceso de eliminación de contadores certificados que no ingresen dictámenes durante 5 años.

Alejandro Barriguete Crespo, presidente de la comisión representativa ante las autoridades fiscales, indicó que actualmente “no se les tiene mucha confianza” por parte de las autoridades, aunque se ha demostrado que los esfuerzos revisores otorgan resultados económicos al encontrar diferencias en el pago de los impuestos federales.

Detalló que de los 88 mil dictámenes presentados del ejercicio fiscal 2006 se encontraron diferencias en el pago de contribuciones en 13, 500 de ellos. Las cantidades fueron desde 1 hasta más de un millón de pesos.

En 7,500 casos se encontraron casos de diferencias desde un peso hasta 75 mil. En  2,600 la disparidad fue 75 mil a 250 mil pesos. Para 1,300 casos la falta de coincidencia fue de 250 mil a 500 mil pesos. Para 970 situaciones la diferencia fue de 500 mil a un millón de pesos, y finalmente, en 1,200 dictaminaciones la cifra de disparidad fue superior al millón de pesos.

Barriguete Crespo expresó que del total de dictámenes que se presentan en el país, el 600 por ciento lo hacen por obligatoriedad y un 40 por ciento por voluntad propia y los beneficios fiscales que pueden obtener por presentarlo.

Están obligados a dictamen fiscal las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales que se encuentran en alguno de los siguientes casos: que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $30,470,980.00; que el valor de su activo determinado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo sea superior a $60,941,970.00; que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior; que estén autorizadas para recibir donativos deducibles. En este caso, el dictamen se realizará en forma simplificada; que se fusionen, por el ejercicio en que ocurra dicho acto, y finalmente, las entidades de la Administración Pública Federal a que se refiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y las que formen parte de la Administración Pública Estatal o Municipal.
 
El dictamen fiscal el año entrante cumplirá 50 años de vida y ante esta situación los contadores públicos le solicitan a las autoridades conocer los cambios en el programa sipred.

En la página del SAT se informa que para el dictamen del ejercicio 2007 la información de los anexos se integrará en base a cifras fiscales basadas en flujo de efectivo, y deberá presentarse comparativamente, es decir, se presentará la información de los ejercicios 2006 y 2007, lo anterior con la finalidad de que sea congruente con la utilidad o perdida fiscal del ejercicio reflejada en el estado de resultados.
Y las fechas de envío en la prórroga para las letras de la A a la F es del 18 al 20 de junio; de la G a la O, 23 a 25 junio y de la P a la Z del 26 al 30 junio.

 

REGRESAR

Temas Anteriores:

Amparos fiscales, benefician a pocos: Procurador fiscal

Grandes contribuyentes deben serlo en realidad: ASF

SAT vigilará a ANP, entre otras

Empresas no demuestran afectaciones por IETU: Juzgados

Herramientas DIOT para personas físicas

Certificación especializada del contador

IETU genera complicaciones y evasión fiscal

IETU e ISR, sin cambios en el corto plazo: PAN

SCJN está perdiendo autonomía en justicia

IETU e IDE contra informalidad: Meade


Buscar Temas Anteriores:
Usuarios
Registrados:
Contraseña:

Regístrate Gratis

Como usuario registrado podrás tener acceso al Foro, Calculadoras Fiscales, Biblioteca Fiscal y otros servicios.

Indices fiscales

INPC base 2002

ver hist.

May/08 Jun/08 Jul/08
127.59 128.118 128.832
INPC base 1994

ver hist.

Oct/02 Nov/02 Dic/02
366.873 369.840 371.450
Recargos fiscales

ver hist.

MORA
Oct/08 Nov/08 Dic/08
1.13 1.13 1.13
PRÓRROGA
Oct/08 Nov/08 Dic/08
0.75 0.75 0.75
Salarios mínimos

ver hist.

Vigencia A B C
2008-01 52.59 50.96 49.50

Tipo de cambio

ver hist.

Dolar - 2008-08-19 - $ 10.1395

Encuesta
¿Te afecta el IDE?
Si
No
No aplica
Foros

Emision de Facturas escrito por Viridiana

Requisitos al emitir Facturas escrito por Viridiana

Deduccion por medio de Estados de Cuenta Bancarios escrito por Viridiana

Constructoras escrito por Viridiana

REGISTRO EMPLEADO escrito por NORMA ANGELICA

Promedio de bancos en 2005 escrito por manuel

Constructoras escrito por Bernardo

CONSTANCIAS IDE RECAUDADO escrito por C. Saul

Ir a los foros

¿Te gusta este sitio?

Invita a alguien a visitarlo


Te agradecemos tus comentarios

© Todos los derechos reservados Impuestum.com
Prohibida su reproducción total o parcial por cualquier forma o medio sin la autorización previa y por escrito de su titular

Paseo de los Tamarindos 400 Suite 101 Col. Bosques de las Lomas Del. Cuajimalpa México, D.F.
C.P. 05120 Tel: (55) 5135-1200 y 01-800-463-9153

Activ@Mente