Este día se publica en el Diario Oficial de la Federación las reglas de cómo operará el Impuesto a los Depósitos en Efectivo en las instituciones financieras y la forma de retribución que recibirán por parte del Estado, además de que se estipula una nueva declaración informativa mensual para este nuevo gravamen y los esquemas que tendrán los expendios de gasolina y las personas morales.
Como se había venido mencionando se tendrán cuentas destinadas por PEMEX que no estarán contempladas para este impuesto, por lo que se deberá demostrar el sustento con la documentación necesaria.
Se publica que cuando los saldos de las cuentas que tenga abiertas el contribuyente en la institución que corresponda no sean suficientes para cubrir el IDE que no hubiera sido recaudado por falta de fondos, las instituciones del sistema financiero podrán recaudar parcialmente el IDE, agotando el total del saldo que tenga cada una de las referidas cuentas y hasta por el monto del IDE a cargo del contribuyente.
Por otra parte, hay que mencionar que inició la cuenta regresiva para la presentación de la declaración anual fiscal del ejercicio 2007 para personas físicas y el Servicio de Administración Tributaria indicó que los médicos no declaran ante el fisco todos los ingresos que recibieron y sólo declararon aquellos por los que emitieron un comprobante fiscal.
El brazo fiscalizador de la SHCP indicó que se ha detectado en las declaraciones del 2006 la omisión de ingresos provenientes del pago que las aseguradoras realizan por la atención medica de sus asegurados, así como el pago que algunos de estos asegurados realizan adicionalmente por la atención médica.
Estudios sobre la evasión realizados por el ITAM indican que la evasión en personas físicas con actividades empresariales y servicios profesionales presentan una evasión de 0.84 por ciento con relación al PIB. En el caso de personas físicas con retención de salarios se tiene el 0.50 por ciento con relación al PIB: En personas con ingresos por arrendamiento se habla que es de un 0.24 por ciento en términos del Producto Interno Bruto.
En el documento se considera que la probabilidad de ser fiscalizado es baja, sobre todo para los pequeños negocios y las personas físicas, de tal manera que para los contribuyentes resulta .más caro cumplir con sus obligaciones.
Se ha sugerido ampliar el padrón de contribuyentes, por medio de cruces con otros registros públicos nacionales, tales como el Registro Federal de Electores, la Clave Única del Registro de Población o cualquier otro sistema que permita aumentar, corroborar y controlar un padrón confiable y adecuado para mejorar los procesos de fiscalización.
Puedes consultar las disposiciones en la biblioteca fiscal de Impuestum
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución por la que se expiden las Reglas de carácter general para la prestación de los servicios de recaudación y entero o concentración del impuesto a los depósitos en efectivo por parte de las instituciones del sistema financiero
Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2007
Circular F-6.1 mediante la cual se da a conocer a las instituciones de fianzas, la aplicación de la Norma de Información Financiera D-3 Beneficios a los Empleados
Circular S-10.5 mediante la cual se da a conocer a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, la aplicación de la Norma de Información Financiera D-3 Beneficios a los Empleados
Circular S-13.1 mediante la cual se dan a conocer a las instituciones de seguros autorizadas para operar el ramo de crédito a la vivienda, la forma y términos para la entrega de la carta a que hace referencia la Vigésima Primera Bis-1 de las Reglas para el Capital Mínimo de Garantía de las Instituciones de Seguros
Circular S-20.7 mediante la cual se dan a conocer a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, la forma y términos de la entrega del Sistema Integral de Información Financiera (SIIF)
Noticias del día
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