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Noticia

Diputados aprueban nuevos impuestos

2007-09-14

Los nuevos impuestos fueron aprobados en la Cámara de Diputados y en la Cámara de Senadores van por el mismo camino, y se espera que este día transiten por la cámara alta sin mayores problemas, en la que serán aprobados los impuestos a la gasolina, a los depósitos en efectivo y el impuesto empresarial a tasa única que dará en 2008 unos 110 mil millones de pesos.  

Los fiscalistas señalan que este nuevo marco tributario para 2008 encarece en un 40 por ciento la actividad contable de y fiscal de las empresas, además de generar una serie de incertidumbres y frenar inversiones del sector privado.

Por unanimidad, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, con 440 votos, diversas modificaciones a la Miscelánea Fiscal, que incluyen gravar con un impuesto especial de 20 por ciento a juegos con apuestas y de sorteos, así como limitar las operaciones en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) que están fuera del pago de impuestos y las deducciones de donativos.

En cuanto a las operaciones en la Bolsa Mexicana de Valores, sólo se exentará del ISR a las personas físicas que obtengan ingresos por la enajenación de acciones, siempre que dicha enajenación no implique la venta del 10 por ciento o más de las acciones de la emisora. 

Entre los cambios que se aprobaron fueron: la no deducción del ISR del pago del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), así como modificar el esquema del cálculo del ISR para asalariados y asimilados a éstos, a través de la integración en una sola tarifa del impuesto y del subsidio fiscal. 

Se limitan las deducciones por donativos de personas morales y físicas hasta por la cantidad que no exceda del 7 por ciento de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúe la deducción o del ingreso acumulable, respectivamente. 

Impuesto a Depósitos en Efectivo

La Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2008 y no el 1 de enero del mismo año, a fin de otorgar a las instituciones del sistema financiero el tiempo necesario para que adecuen sus programas y sistemas informáticos.

Este gravamen fue aprobado con 323 votos a favor, 135 en contra y 2 abstenciones, el proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, y que grava con 2 por ciento los depósitos bancarios superiores a 25 mil pesos en efectivo.

Impuesto gasolina

Con 313 votos a favor, 154 en contra y dos abstenciones se estableció un impuesto fijo de 36 centavos al precio del diesel y la gasolina que se aplicará de manera gradual, es decir, 2 centavos mensuales durante 18 meses, con lo cual el Gobierno Federal obtendrá recursos por 22 mil millones de pesos.

El 80 por ciento de los recursos será para los estados y 20 por ciento para los municipios. El dictamen avalado por los legisladores establece que tratándose de gasolinas y diesel, el monto recaudado se destinará a infraestructura vial, rural, urbana, hidráulica, básica y sanitaria, así como a programas ambientales.

Impuesto Empresarial a Tasa Única 

El IETU se aprobó con 306 votos a favor, 128 en contra y 4 abstenciones. La tasa inicial para 2008 será de 16.5 por ciento y la tasa final de 17.5 por ciento para el 2010. 

Se espera una recaudación por este gravamen para el 2008 de 110 mil 600 millones de pesos.El Senado ya revisa los dictámenes aprobados por su contraparte y se espera que sean votados este viernes en el pleno. 

Estas son las ligas de los dictámenes aprobados por los legisladores en el recinto legislativo de San Lázaro.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; y se establece el subsidio para el empleo.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría; Orgánica de la Administración Pública Federal; de Coordinación Fiscal; de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

De las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.  

Modificaciones

De los presidentes de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, al dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De los presidentes de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, al dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Orgánica de la Administración Pública Federal; de Coordinación Fiscal; de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. 

Del presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, al dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única. 

Del presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y se establece el Subsidio para el Empleo.   

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Acuerdo por el que se modifican la decimaoctava y vigésima de las reglas para la constitución e incremento de las reservas de riesgos en curso de las instituciones y sociedades mutualistas de seguros

Acuerdo por el que se modifica la séptima de las reglas para la constitución e incremento de las reservas técnicas especiales de las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, publicadas el 27 de diciembre de 2004 y modificadas mediante acuerdos publicados el 15 de febrero y 30 de noviembre de 2006

Acuerdo por el que se modifican las reglas para la inversión de las reservas técnicas de las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, publicadas el 18 de agosto de 2000 y modificadas mediante acuerdos publicados el 13 de agosto de 2001, 6 de febrero de 2003, 9 de agosto de 2004, 21 de abril y 30 de noviembre de 2006

Acuerdo por el que se modifican las reglas para el capital mínimo de garantía de las instituciones de seguros, publicadas el 29 de diciembre de 2004 y modificadas mediante acuerdos publicados el 11 de noviembre de 2005, 21 de abril de 2006, 5 de julio de 2006, 30 de noviembre de 2006 y 31 de enero de 2007

Convenio para dar cumplimiento a las obligaciones fiscales y a diversas propuestas de la Convención Nacional Hacendaria, que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Municipio de Pedro Escobedo, Querétaro

Noticias del día 
-.Aprueban diputados nuevos impuestos

-.Propicia la reforma gran incertidumbre 

-.Incumple expectativas reforma fiscal: IMEF 

-.Matiza Banxico el efecto de gasolinas 

-.PRI, dividido en el Senado

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