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ABC de
los impuestos
Personas Físicas
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Proceso de
alta |
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Si vas a iniciar un negocio, empresa, rentar bienes
inmuebles o a trabajar por tu cuenta, debes darte de
alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
del SAT, para ello tienes dos opciones:
-
Utilizando el servicio de
Inscripción Inmediata en el RFC que
consiste en acudir a una pequeña entrevista al
Módulo de Atención que te corresponda previa
cita con
los documento que se indiquen sin que
se requiera llevar la forma fiscal R-1 ni sus
anexos,
con la posibilidad de obtener de inmediato tu
Cédula de Identificación Fiscal.
-
Acudir al
Módulo de Asistencia que le corresponda ,
con la forma fiscal R-1 y el Anexo que
corresponda según tu régimen fiscal, así como
los documentos que se indican en la Guía de
Requisitos de los Trámites Fiscales.
En este caso, si tienes dudas para llenar la
forma fiscal y el Anexo consulta las
instrucciones que contiene la misma forma, o
solicita asesoría en el Módulo de Asistencia que
te corresponda para que te
indiquen como llenarlo y a la vez efectúes el
trámite.
Si no sabes en qué régimen te debe dar de alta,
explora las opciones siguientes, son las más
comunes.
Pequeños Contribuyentes
Intermedio
Actividades Profesionales
Actividades Empresariales
Arrendamiento de bienes inmuebles |
|
Régimen de
Pequeños Contribuyentes |
|
Es para las personas que se dediquen a:
-
Comercio, es decir a comprar y vender todo tipo
de bienes por ejemplo papelerías, farmacias,
misceláneas, refaccionarias, fruterías.
-
Industria, es decir, a fabricar bienes, por
ejemplo, panaderías, tortillerías.
-
Prestar servicios de tipo comercial, tales como
loncherías, taquerías, talleres mecánicos,
estéticas, tintorerías, transporte colectivo o
en taxi o transporte de carga.
-
Ganadería, agricultura, pesca y selviculturaes un individuo con capacidad para contraer
obligaciones y ejercer derechos.
Lo anterior, siempre que las ventas o los ingresos
(sin descontar los gastos y compras)
no rebasen de $2’000,000.00 al año y no se
den facturas ni se desglose el IVA.
En el caso de que se venda mercancía importada,
sólo se podrá estar en este régimen si el importe de
las ventas por esta mercancía son un máximo de 30%
del importe de las ventas totales.
Las obligaciones fiscales en este régimen son
menos que en el Régimen Intermedio y el Régimen de
Actividades Empresariales, y el cálculo del impuesto
es mucho más sencillo. |
|
Régimen
Intermedio |
|
Es para las personas que se
dediquen a:
-
Comercio, es
decir a comprar y vender todo tipo de bienes,
por ejemplo papelerías, farmacias, misceláneas,
refaccionarias, fruterías.
-
Industria, es
decir, a fabricar bienes, por ejemplo,
panaderías, tortillerías.
-
Prestar
servicios de tipo comercial, tales como
loncherías, taquerías, restaurantes, talleres
mecánicos, estéticas, tintorerías, transporte
colectivo o en taxi o transporte de carga.
-
Ganadería,
agricultura, pesca y selvicultura
Lo anterior, siempre que las ventas o los ingresos
(sin descontar los gastos y compras)
no rebasen de $4’000,000.00 al año. |
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Actividades
empresariales |
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Es para las personas que se dedican a:
-
Comercio, es
decir a comprar y vender todo tipo de bienes por
ejemplo papelerías, farmacias, refaccionarias.
-
Industria, es
decir, a fabricar, todo tipo de bienes; por
ejemplo, panaderías, tortillerías.
-
Prestar
servicios de tipo comercial, tales como
restaurantes, talleres mecánicos, estéticas,
tintorerías, transporte de personas o de carga,
estancias infantiles.
-
Ganadería,
agricultura, pesca y selvicultura.
En este régimen
no existe límite en cuanto a los ingresos
que se obtengan, por lo que cualquier
persona física que se dedique a las
actividades mencionadas puede darse de alta en el
mismo. |
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Actividades
profesionales |
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Es para las personas que:
-
Se dediquen a
ejercer su profesión, arte u oficio de manera
independiente, como los abogados, médicos,
dentistas, contadores, arquitectos, enfermeras,
deportistas, músicos, cantantes, agentes de
seguros y de fianzas, artistas, y
-
En general
cualquier persona que sea contratada por
honorarios y que deba expedir recibos cada
vez que reciba sus pagos.
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Actividades
Empresariales |
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Es para las personas que:
bienes
inmuebles como departamentos, casas habitación,
bodegas, locales comerciales, terrenos, naves
industriales, entre otros. |
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Conoce más... |
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Visita las siguientes secciones
del ABC de los impuestos:
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|
Elaborado con
información de:
www.sat.gob.mx |
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